Casación No. 647-2011

Sentencia del 01/08/2013

“... En el presente caso, la entidad contribuyente interpone el recurso de casación e invoca el submotivo de interpretación errónea del artículo 38 inciso q) de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Al denunciar este submotivo, debió cerciorarse, por una parte, que el precepto que estima infringido sea aplicable a los hechos controvertidos y, por la otra, que el mismo haya sido tomado en cuenta por la Sala sentenciadora al emitir su fallo.
Hecha la confrontación de mérito, esta Cámara advierte que si bien es cierto, el precepto denunciado es aplicable al hecho que se controvierte, también lo es que evidentemente la Sala Tercera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo no se fundamentó en él para emitir su fallo, pues únicamente lo cita como parte la explicación de los argumentos expuestos por el recurrente en el proceso contencioso administrativo. En tal virtud, invocar el submotivo que se analiza se traduce en un defecto en el planteamiento del recurso de casación, lo cual orienta a este tribunal a desestimar el mismo, ante la imposibilidad de subsanar de oficio las deficiencias en su interposición...”